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martes, 8 de noviembre de 2016

Solicitud: Cambio de política en el permiso por nacimiento de hijo.

Escrito entregado a la empresa:

Solicitud: Cambio de política en el permiso por nacimiento de hijo.



From: Secció Sindical FeSMC-UGT.cat a Altran fes.ugt.altran@gmail.com
To: Alberto XXXXXXXXXXXXXXXXX
Cc: Alicia XXXXXXXXXXXXXXXXXX
Cco: Ernest XXXXXXXXXXXXXXXXXX

8 de noviembre de 2016
Hola Alberto,

A raíz de la consulta del compañero Ernest Esteve, en referencia al permiso de paternidad, hemos detectado que el permiso regulado en el convenio se viene dando como días naturales e iniciándose el día del parto, independientemente de si ese día es laborable para el trabajador o no.

En el caso del compañero, fue padre el pasado sábado día 29 de octubre de 2016 y, al solicitar el permiso por nacimiento de hijo, se le ha dicho que este se iniciaba el sábado y se trataba de días naturales.

En nuestra opinión, esta práctica vicia el precepto desde un punto de vista formal, no existe permiso si éste se realiza en días inhábiles. De hecho, la misma norma sólo considera el permiso de matrimonio de forma excepcional como días naturales, con lo que parece lógico entender que para el resto se han de considerar hábiles; ya que para exista permiso ha de existir la obligación de trabajar ese día. También desde un punto de vista finalista, dicho permiso no sólo es para acompañar el neonato, sino también para cumplir con las obligaciones legales de registro, las cuales usualmente no están disponibles en fin de semana.

En esta línea, te aporto la sentencia del TSJ de Madrid 4948/2009, de la que me permito citar el siguiente extracto de su fundamento jurídico tercero (la negrita es nuestra):

"[...] el hecho de que ni la norma convencional ni la legal mencionen si los días de permiso son días de trabajo efectivo o pueden corresponderse con días de descanso, responde precisamente a que es obvio que se trata siembre de días de trabajo efectivo."

Para mayor abundamiento, los tribunales están fijando que incluso los permisos de matrimonio de 15 días naturales deben iniciarse en día hábil. Ver sentencia del TS 5169/2009 (también adjunta).

Por todo ello, y en casos en que el nacimiento se produzca en un día festivo o en fin de semana, solicitamos que el permiso se inicie en el siguiente día laborable del trabajador y que se consuma en días laborables.

Por ello os solicitamos que os replantéis la actual política de este permiso, que lo hagáis con celeridad dado que hay un trabajador implicado, y que nos respondáis motivadamente a lo aquí solicitado.

Atentamente,

Adjuntos:
Sentencia Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 12 de mayo de 2009, STS 5169/2009
Sentencia del la Sala 33 del Juzgado de lo Social de Madrid, SJSO 39/2015 de 9 de junio de 2015

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